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COMUNICADO 21.11.19

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El Servicio Nacional de Migración (SNM) informa, que la manifestación pacífica es parte de la democracia panameña y todo ciudadano tiene derecho a disentir libremente, mientras no afecte a la colectividad.  

La Constitución Política de la República de Panamá  establece en el artículo 15 que: “tanto nacionales como extranjeros que se encuentren en el territorio de la República, estarán sometidos a la Constitución y a las leyes”.

En consecuencia, los extranjeros residentes en el territorio nacional tienen algunas limitaciones, por lo que se solicita abstenerse a participar en protestas y manifestaciones a fin de  evitar problemas legales que podrían afectar su permanencia en el país.

El SNM, amparado en el artículo 6, acápite 4 de la Ley Migratoria, puede “autorizar, negar o prohibir la entrada o permanencia de extranjeros en el territorio nacional y ordenar su deportación, expulsión o devolución de conformidad con la Constitución Política de la República y la Ley.

Además, el artículo 65 de esta Ley, destaca que el SNM deportará y ordenará el impedimento de entrada al territorio nacional a extranjeros, por atentar contra la seguridad pública, tal cual lo señala el numeral 4 de la Ley Migratoria.