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COMUNICADO 31.10.19

lgo

Panamá, 31 de octubre de 2019.
El Servicio Nacional de Migración (SNM), comunica a la ciudadanía en general que tal como establece el Decreto Ley 3 del 22 de febrero de 2008, como estamento de seguridad del Estado, se puede deportar a los extranjeros que atenten contra la seguridad pública, defensa nacional y salubridad pública; situación que aplica a los 11 extranjeros detenidos, durante las protestas registradas en la capital panameña en la noche del miércoles 30 de octubre de 2019.

Antes de ordenar la deportación el SNM debe comprobar la existencia de los hechos, escuchar la defensa del extranjero, respetar los derechos humanos, decretar la detención y notificar personalmente la resolución que ordena la detención.

El extranjero que haya sido deportado no podrá ingresar al país en un lapso de cinco a diez años, contado a partir de la fecha de ejecución de su deportación.