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COMUNICADO 12.6.19

COMUNICADO JUNIO 2019

Panamá, 12 de junio de 2019.

A partir de la fecha y dando cumplimiento al Decreto Ejecutivo Número 249 de lunes 10 de junio de 2019, el Servicio Nacional de Migración informa que se establece el procedimiento para que extranjeros que hayan obtenido la renovación de sus Permisos Provisionales de Regularización Migratoria Extraordinaria de 6 o 10 años, puedan optar por la permanencia definitiva.

En el Decreto que lleva la firma del Presidente de la Républica, Juan Carlos Varela y del Ministro de Seguridad Pública, Jonattan Del Rosario, se establece que el extranjero podrá solicitar el Permiso de Residente Permanente siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:

  • Dos (2) fotos tamaño carné.
  • Copia autenticada del pasaporte completo, con las generales y sellos de entrada legibles, que demuestre una estadía en el país por un año o más.
  • Declaración Jurada de responsabilidad o carta de responsabilidad jurada rendida por un residente permanente o nacional panamelo, acompañada de una copia de su carné de residente permanente cotejada por un Notario Público. En caso de ser menor de edad, la declaración jurada de responsabilidad o carta de responsabilidad notariada deberá ser otorgada por un familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, el cual deberá de notificarse de la resolución.
  • Historial de antecedentes policivos y penales:

A. De su país de origen o del último país de residencia, si el extranjero mantiene una estadía menor a dos (2) años en la República de Panamá. El historial deberá estar apostillado o autenticado por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que lo expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
B. De la República de Panamá, si el extranjero cuenta con dos (2) años o más sin salir de la República de Panamá.

  • Completar los formularios de Filiación o Registro y de Declaración de Antecedentes Personales.
  • Paz y Salvo Nacional de Rentas del Solicitante.
  • En caso de tener menos de dieciocho (18) años, el solicitante deberá contar con la autorización notariada de sus padres y comprobar el vínculo de parentesco.

Los montos a cancelar por el extranjero que aplique a permanencia definitiva, el cual puede presentarse personalmente o acompañado de apoderado legal idóneo son: Nacionalidades que no requieren visa para entrar al país B/. 512.00, nacionalidades sin acuerdo de supresión de visado B/. 1,017.00, nacionalidades con visas restringidas B/. 2,097.00 y nacionales de Venezuela B/. 517.00, es importante destacar que los servicios migratorios no incluyen los trámites notariales.