EXTRANJEROS PUEDEN APLICAR POR PERMISOS TEMPORALES O PERMANENTES

Panamá, 20 de abril de 2015

Los permisos migratorios a los cuales un extranjero puede aplicar para permanecer en Panamá, pueden ser de manera permanente o temporal, según lo requiera el usuario, siempre siguiendo las disposiciones legales.

Si el propósito es aplicar para residencia permanente,  la Ley 3 del 22 de febrero de 2008, determina que la misma se puede dar por razones económicas, políticas especiales, razones demográficas, y por leyes especiales.

Los permisos por residencia temporal, se dan según lo establecido en Ley, por razones laborales, razones de inversión, políticas especiales, razones de educación, religiosas y reagrupación familiar.

Es importante destacar que ambos tipos de permisos migratorios requieren de requisitos específicos los cuales son detallados en la página web del Servicio Nacional de Migración, (SNM), www.migracion.gob.pa.

ADY